THUNDERCHECK POS
TÉRMINOS Y CONDICIONES

AL ACEPTAR ESTE CONTRATO, EL CUAL SE ENCUENTRA ANEXADO A LA ORDEN DE COMPRA, PEDIDO, FACTURA DE VENTA O A TRAVÉS DE LA APP PUBLICADA EN LA TIENDA PLAYSTORE, EL CLIENTE ACEPTA Y ACUERDA EL CUMPLIMIENTO EN CONFORMIDAD CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ESTE CONTRATO. EN CASO DE QUE EL CLIENTE SEA UNA PERSONA JURÍDICA, SE COMPROMETE A QUE LA PERSONA QUIEN ACEPTA ESTE CONTRATO ES REPRESENTANTE LEGAL O AUTORIZADO POR ÉSTE. SI USTED NO POSEE TALES FACULTADES, O BIEN SI USTED O TAL ENTIDAD NO ACEPTA LOS TÉRMINOS Y LAS CONDICIONES DE ESTE CONTRATO, USTED NO PODRÁ UTILIZAR LOS SERVICIOS.

Los términos expresados en este contrato constituyen las condiciones de uso y privacidad para todos los servicios prestados en la actualidad y los añadidos en el futuro, por GSOFT SAS en su sitio web www.gsoftcolombia.co y su aplicación ThunderCheck POS Móvil, la plataforma de servicios web thundercheckpos.com y la aplicación móvil ThunderCheck POS publicada en la tienda Play Store de Google.

El usuario acepta, al momento de empezar a utilizar el servicio, respetar todas las condiciones impuestas por este contrato.

Entre los suscritos a saber: GSOFT S.A.S., sociedad de carácter comercial, con domicilio social en la ciudad de Bogotá D.C., cuya sede principal se ubica en la Carrera 13 #93-68 Piso 7, identificada con NIT No. 900.324.629-8 y Matricula Mercantil Número 01941630, tal y como consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, y quien en adelante y para los efectos de este contrato se denominará Gsoft y de la otra parte, El Cliente, quien firma este presente documento y/o acepta estos términos y condiciones del servicio a través de nuestra aplicación móvil ThunderCheck POS, quien declara ser mayor de edad, domiciliado y residente en el territorio nacional de Colombia, y actúa a título personal o de una empresa legalmente constituida en Colombia, caso en el cual es Representante Legal de la misma o autorizado, quienes conjuntamente y en adelante se denominarán las partes, hemos decidido celebrar el presente contrato de software como servicio.

CLÁUSULAS

CLÁUSULA PRIMERA. DEFINICIONES.

• App o Aplicación Móvil: Aplicación móvil publicada en la tienda Play Store llamada “ThunderCheck POS”.
• Plataforma de Administración: Portal Web de administración a través del cual El Cliente podrá realizar la gestión de su información.
• Cliente: Persona natural o jurídica que contrata el software como servicio y acepta los términos y condiciones expresos en el presente documento.
• Información del Cliente: Corresponde a la data, o los registros de información que El Cliente maneja dentro de ThunderCheck POS.
• Software como Servicio o SAAS: Modelo de distribución de software donde un tercero, en este caso ThunderCheck POS, provee del servicio de software el cual se aloja en servidores en internet.
• Distribuidores: Gsoft tiene una red de distribuidores autorizados de sus productos de software. Usted podrá acceder a https://www.gsoftcolombia.co/tc-pos-distribuidores/ para validar si la empresa quien le ofrece ThunderCheck POS es distribuidor autorizado.

CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETO

Mediante el presente contrato, El Cliente contrata y accede a la licencia de software como servicio del software ThunderCheck POS proveído por Gsoft, el cual corresponde a un Sistema de Facturación Móvil POS.

CLÁUSULA TERCERA. CONDICIONES GENERALES Y ACEPTACIÓN.

PARÁGRAFO PRIMERO: Estas condiciones podrán ser modificadas de manera total o parcial sin previo aviso y siempre y cuando esto no implique una afectación en el servicio que ThunderCheck POS le preste a El cliente. Lo anterior a causa de posibles cambios de infraestructura técnica, inclusión de nuevas funcionalidades que pueda incluir el servicio y que por ende pueda implicar cambios en precios o tarifas.

PARÁGRAFO SEGUNDO: El cliente manifiesta que cuenta con capacidad legal para contratar; por lo tanto, las personas que no cuenten con la capacidad económica o legal para contratar no podrán hacer uso del servicio de ThunderCheck POS.

PARÁGRAFO TERCERO: Gsoft cuenta con una Política de Privacidad y Tratamiento de Datos Personales, la cual puede ser consultada accediendo a la página web https://www.gsoftcolombia.co/politica-de-privacidad-y-proteccion-de-datos/ y a la cual El Cliente manifiesta de manera expresa, libre y voluntaria que acepta y autoriza para que Gsoft realice el tratamiento sus datos personales, incluyendo: nombre, identificación CC o NIT, teléfono, email, dirección; los cuales tendrán la finalidad de establecer y mantener una relación comercial, realizando la retroalimentación para evaluar los niveles de servicio ofrecidos, enviar comunicados, facturas, cuentas de cobro y campañas de comunicación publicitaria sobre nuevos servicios. El Cliente reconoce y acepta que sus datos personales podrán ser puestos a disposición del personal encargado de labor correspondiente sin excluir la posibilidad de ser transferidos a proveedores, consultores, asesores, personas y oficinas externas según sea necesario para cumplir con las finalidades citadas.

CLÁUSULA CUARTA. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.

PARAGRAFO PRIMERO: DESCRIPCIÓN. ThunderCheck POS es un software de facturación móvil POS, diseñado para puntos de venta. Este software se compone de dos partes: i) Una aplicación móvil la cual puede ser descargada desde la tienda Play Store y a la cual va ligada cada licencia SAAS a cada dispositivo. Un dispositivo implica un punto de venta o punto de facturación POS. ii) Una cuenta de usuario para acceder a la Plataforma de Administración Web la cual puede ser accedida en internet a través de la dirección web https://insights.thundercheckpos.com sobre la cual El Cliente podrá realizar administración de el/los punto(s) de venta (la(s) licencia(s) móvil(es) POS). Las facturas expedidas por ThunderCheck POS son facturas impresas en ticket POS y, por ende, éstas no cumplen con los requisitos de la factura electrónica, la cual debe ser expedida (generada y numerada), entregada, aceptada y conservada por y en medios y formatos electrónicos en su integridad. Como consecuencia de lo anterior, ThunderCheck POS como software de facturación, no está obligado cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 1929 de 2007 y la Resolución 14465 del mismo año.

PARAGRAFO SEGUNDO: Requerimientos Técnicos. Para poder utilizar los servicios de ThunderCheck POS, El Cliente deberá contar con un dispositivo móvil Android con sistema operativo actualizado según los requerimientos técnicos establecidos en la página web https://www.gsoftcolombia.co/tc-pos-terminos-y-condiciones/ para el punto de facturación y un computador de escritorio o portátil para acceder al Portal de Administración. Así mismo, para el punto de facturación, El Cliente deberá contar con una impresora compatible con nuestro sistema, así como de manera opcional, un lector de códigos de barra y un cajón monedero. El Cliente requerirá una conexión a internet según los requerimientos técnicos establecidos en la página web https://www.gsoftcolombia.co/tc-pos-terminos-y-condiciones/ tanto para la App del dispositivo móvil, como para acceder a los servicios del Portal de Administración. La App está capacitada para operar incluso cuando no haya internet, sin embargo, esta funcionalidad no se garantiza en todo momento.

PARAGRAFO TERCERO: Tratamiento de la información del cliente posterior a la cancelación del servicio. Posterior a la cancelación del servicio, Gsoft suspenderá la cuenta de usuario manteniendo la información del cliente por un período de 3 meses con el único objetivo de dar un espacio para que el cliente, si así lo decide, pueda retomar nuestro servicio sin perder la información; en caso contrario, tras pasado este período se procederá a eliminar la información del cliente de nuestros servidores. En ningún caso Gsoft manipulará, extraerá o enviará la información o históricos a El Cliente; si éste quisiera extraer su información y su cuenta se encuentra suspendida, deberá ser activada pagando cualquier de los planes de servicios que estén disponibles.

PARAGRAFO CUARTO: Propiedad. ThunderCheck POS es propiedad intelectual y patrimonial de Gsoft, quien es el responsable frente a El Cliente de prestar el servicio en mención.

GSOFT GARANTIZA QUE THUNDERCHECK POS CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN LA CLÁUSULA CUARTA DEL PRESENTE DOCUMENTO, SIN OTORGAR NINGUNA GARANTÍA DE CALIDAD, IDONEIDAD O APTITUD ADICIONAL. GSOFT NO SERÁ RESPONSABLE DE CUALQUIER DAÑO EMERGENTE FUTURO, LUCRO CESANTE PRESENTE O FUTURO, DAÑO EXTRAPATRIMONIAL, INCLUYENDO, DAÑO MORAL, DAÑO A LA VIDA EN RELACIÓN, Y DAÑO A LA REPUTACIÓN QUE SUFRA EL CLIENTE Y/O SUS DIRECTIVOS, EMPLEADOS, CONTRATISTAS Y DEMÁS TERCEROS VINCULADOS, OCASIONADOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SALVO AQUELLOS EN LOS CUALES HAYA MEDIADO CULPA GRAVE O DOLO DE PARTE DE GSOFT. GSOFT TAMPOCO SERÁ RESPONSABLE DE DAÑOS POR PÉRDIDA Y DETERIORO DE INFORMACIÓN, Y DAÑOS A LOS SISTEMAS Y/O EQUIPOS, QUE SUFRA EL CLIENTE Y/O SUS DIRECTIVOS, EMPLEADOS, CONTRATISTAS Y DEMAS TERCEROS VINCULADOS, OCASIONADOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SALVO AQUELLOS EN LOS CUALES HAYA MEDIADO CULPA GRAVE O DOLO DE PARTE DE GSOFT. EN TODO CASO, GSOFT SOLO SERÁ RESPONSABLE POR DAÑOS Y PERJUICIOS HASTA POR LA SUMA EQUIVALENTE AL PRECIO DEL SERVICIO DURANTE UN AÑO.

CLÁUSULA QUINTA. SOPORTE TÉCNICO.

El soporte técnico consiste en un Servicio de Atención Comercial y un Servicio de Soporte Técnico: i) El Servicio de Atención Comercial a El Cliente corresponde a que éste podrá contactarse con Gsoft al teléfono 322-785-6156 en horario de lunes a viernes de 9 am a 5 pm, y los sábados, domingos y festivos a través del email contacto@gsoftcolombia.com. ii) El servicio de soporte técnico comprende el diagnóstico y la resolución de inconvenientes del servicio. Si adquirió la licencia a través de un Distribuidor Autorizado, este servicio podrá ser accedido comunicándose directamente con el distribuidor o el representante de ventas, quienes le entregarán un correo electrónico donde deberá radicar su solicitud y en primera instancia brindarán servicios de soporte, tramitando con Gsoft de ser requerido, los servicios de soporte nivel 2 buscando resolver el inconveniente que se pueda estar presentando; si usted adquirió la licencia con Gsoft deberá radicar su solicitud a soporte@gsoftcolombia.com. Todo soporte deberá estar documentado en un correo electrónico y tanto el Distribuidor como Gsoft, serán responsables de dar respuesta al mismo en un plazo de uno (1) a cinco (5) días hábiles dependiendo de la complejidad y la urgencia. Nuestra red de Distribución dispone de servicios adicionales de entrenamiento y capacitación, los cuales no están incluidos en el presente contrato. Toda solicitud que no haya sido radicada debidamente por medio de correo electrónico como se menciona anteriormente, no será tenida en cuenta como consulta ni soporte y por lo tanto no tendrá validez en caso de reclamación. En adición, los servicios de soporte técnico sólo atenderán requerimientos referidos al software, su funcionamiento y fallas; en consecuencia, no se atenderán requerimientos relacionados con el mal funcionamiento de hardware, incluido, pero no limitado al funcionamiento de impresora, conectividad, electricidad, nuevas funcionalidades o mala utilización de ThunderCheck POS.

GSOFT Y SUS DISTRIBUIDORES AUTORIZADOS GARANTIZAN QUE EL SERVICIO DE ATENCIÓN COMERCIAL Y SOPORTE TÉCNICO CUMPLEN CON LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL NUMERAL QUINTO DEL PRESENTE DOCUMENTO, SIN OTORGAR NINGUNA GARANTÍA DE CALIDAD, IDONEIDAD O APTITUD ADICIONAL. NI GSOFT NI SUS DISTRIBUIDORES AUTORIZADOS SERÁN RESPONSABLES DE CUALQUIER DAÑO EMERGENTE FUTURO, LUCRO CESANTE PRESENTE O FUTURO, DAÑO EXTRAPATRIMONIAL, INCLUYENDO, DAÑO MORAL, DAÑO A LA VIDA EN RELACIÓN, Y DAÑO A LA REPUTACIÓN QUE SUFRA EL CLIENTE Y/O SUS DIRECTIVOS, EMPLEADOS, CONTRATISTAS Y DEMAS TERCEROS VINCULADOS, OCASIONADOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EN MENCIÓN, SALVO AQUELLOS EN LOS CUALES HAYA MEDIADO CULPA GRAVE O DOLO DE PARTE DE GSOFT O ALGUNO DE SUS DISTRIBUIDORES AUTORIZADOS. NI GSOFT NI NINGUNO DE SUS DISTRIBUIDORES SERÁN RESPONSABLES DE DAÑOS POR PÉRDIDA Y DETERIORO DE INFORMACIÓN, Y DAÑOS A LOS SISTEMAS Y/O EQUIPOS QUE SUFRA EL CLIENTE Y/O SUS DIRECTIVOS, EMPLEADOS, CONTRATISTAS Y DEMAS TERCEROS VINCULADOS, OCASIONADOS POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN MENCIÓN, SALVO AQUELLOS EN LOS CUALES HAYA MEDIADO CULPA GRAVE O DOLO DE PARTE DE GSOFT O ALGUNO DE SUS DISTRIBUIDORES. EN TODO CASO, SOLO SERÁ RESPONSABLE POR DAÑOS Y PERJUICIOS HASTA POR LA SUMA EQUIVALENTE AL PRECIO DEL SERVICIO DURANTE UN AÑO.

CLÁUSULA SEXTA.OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE.

PARÁGRAFO PRIMERO. Pago de los servicios. Como contraprestación por el servicio de ThunderCheck POS, El Cliente estará obligado a pagar la tarifa informada por Gsoft o su Distribuidor Autorizado (recuerde consultar en https://www.gsoftcolombia.co/tc-pos-distribuidores/ el listado de Distribuidores Autorizados de ThunderCheck POS). A dicho valor se le deberá agregar cualquier impuesto, tasa o contribución que corresponda según la ley vigente. Gsoft o su Distribuidor Autorizado podrá realizar variaciones en los precios por razones comerciales, informando al cliente previamente de las mismas. Cualquier modificación en los precios deberá ser comunicada por Gsoft o su Distribuidor Autorizado al Cliente a través de cualquiera de los medios previstos en la cláusula decimoquinta del presente documento. En caso de que El Cliente manifieste su no aceptación de las nuevas tarifas, podrá terminar el contrato de servicios de manera unilateral, sin que ello dé lugar al pago de penalización o suma adicional alguna.

PARÁGRAFO SEGUNDO. FACTURACIÓN. Gsoft o su Distribuidor Autorizado realizará una factura correspondiente a servicios trimestrales, semestrales o anuales. En virtud de lo anterior, El Cliente estará obligado a pagar el 100% de dicha factura de manera anticipada. La falta de pago en la fecha estipulada en la factura de venta facultará a Gsoft a la inmediata suspensión del servicio.

PARÁGRAFO TERCERO. USO DE LOS SERVICIOS. El uso de ThunderCheck POS se limita al ámbito privado del Cliente, de manera tal que estará prohibido realizar actos de reventa o comercialización de ThunderCheck POS por parte de El Cliente. En caso de incumplimiento de lo anterior, Gsoft podrá suspender y/o terminar la prestación de los servicios y será El Cliente el único responsable frente a Gsoft, sus distribuidores o terceros por el uso incorrecto del servicio.

Sin perjuicio de las condiciones de uso del servicio que en su caso establezca Gsoft, El Cliente se compromete a utilizar el servicio de ThunderCheck POS, así como cualquier información o material obtenido, transmitido, difundido o puesto a disposición del Cliente o terceros (en adelante, “Los Contenidos”), de conformidad con la ley, la moral, las buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público, así como a abstenerse de utilizar el Servicio con fines o efectos ilícitos, prohibidos en las presentes Condiciones Generales, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar el servicio, los equipos informáticos de otros Clientes o de otros usuarios (hardware y software) así como los documentos, archivos y toda clase de contenidos almacenados en sus equipos informáticos (hacking), o impedir la normal utilización o disfrute del Servicio, equipos informáticos y documentos, archivos y contenidos de los demás clientes y de otros usuarios. Por lo anterior, Gsoft no tiene obligación alguna de controlar el contenido y naturaleza de los contenidos transmitidos, difundidos o puestos a disposición de terceros por El Cliente. Así mismo, El Cliente entiende que Gsoft, en caso de que exista orden judicial o de cualquier autoridad competente, deberá revisar o poner a disposición de las autoridades los Contenidos transmitidos, difundidos o puestos a disposición de terceros por el Cliente a través del Servicio, y a adoptar las medidas necesarias dirigidas a impedir su transmisión, difusión o puesta a disposición de terceros cuando existan causas justificadas.

PARÁGRAFO CUARTO. Uso de Claves. Gsoft o su Distribuidor Autorizado le entregará al cliente los datos de acceso como usuarios y claves para utilizar ThunderCheck POS (en adelante, las «Claves de Acceso»). En caso de olvido, Gsoft o su Distribuidor Autorizado podrán gestionar el cambio o la recuperación del acceso. El Cliente se compromete a hacer un uso diligente de las claves de acceso y a mantenerlas en secreto. En todo caso, El Cliente será el único responsable por la custodia de la clave. Ni Gsoft ni ninguno de sus distribuidores serán en ningún caso responsables por la custodia de la clave o en el indebido uso que el Cliente o los terceros a quienes permita su uso, den a la misma.

PARÁGRAFO QUINTO. RESPONSABILIDADES. i) El Cliente asume todo riesgos y/o responsabilidad relacionada con la selección del servicio para alcanzar los resultados que éste se proponga. ii) El Cliente reconoce y acepta que ThunderCheck POS solamente es compatible con el hardware o software específico y definido según los requerimientos técnicos establecidos en la página web https://www.gsoftcolombia.co/tc-pos-terminos-y-condiciones/. iii) El Cliente reconoce y acepta que ThunderCheck POS puede no estar disponible o llegar a ser indisponible debido a varios factores, incluyendo, sin carácter limitativo, mantenimientos de la infraestructura de software, caso fortuito, fallo técnico del software, infraestructura de telecomunicaciones, o retraso o fallo atribuible a virus, ataques de rechazo del servicio, acciones y omisiones de terceros, o cualquier otra causa fuera del control razonable de Gsoft. iv) El Cliente será responsable del uso incorrecto del Servicio. v) El Cliente indemnizará integralmente a Gsoft por decisiones judiciales que ordenen pagar daños y perjuicios y sanciones administrativas en su contra, incluyendo gastos de defensa, que surjan en relación con el tratamiento de datos personales (Ley 1581 de 2012 y Ley 1266 de 2008 y normas que las complementen, sustituyan, modifiquen o adicionen) que hayan sido suministrados por El Cliente, salvo aquellos fallos y sanciones que se hayan presentado exclusivamente por culpa o dolo de Gsoft. vi) El Cliente será responsable de los pagos de sus impuestos a entes de control como la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (“DIAN”), Superintendencia Financiera, Entes Distritales, Superintendencia de Industria y Comercio, ó cualquier otro ente de regulación competente; además de los pagos de comisiones a vendedores, pagos a proveedores, y de cobros a clientes. Gsoft no es responsable de los cálculos erróneos que se puedan generar en ThunderCheck POS.

CLÁUSULA SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE GSOFT.

PARÁGRAFO PRIMERO. DISPONIBILIDAD. Gsoft se hace responsable del buen funcionamiento de ThunderCheck POS; para ello ofrecerá servicios de atención y soporte, y resolución de incidencias. La información del cliente es respaldada mediante copias de seguridad diarias. Así mismo ThunderCheck POS cuenta una arquitectura de software distribuida que permite garantizar el 99% de disponibilidad del servicio.

PARÁGRAFO SEGUNDO. RESPONSABILIDAD POR DISPONIBILIDAD. Gsoft se soporta en proveedores de infraestructura Cloud como AWS / GCP / Azure, quienes a pesar de su excelente nivel de servicio, no están exentos de sufrir eventualidades de la misma manera como Gsoft, por lo tanto Gsoft no será responsable por los daños y perjuicios ocurridos por la falta de disponibilidad del servicio o por pérdida de información del cliente.

PARÁGRAFO TERCERO. DERECHO A RETRACTO. ThunderCheck POS y/o cualquier otro servicio ofrecido por Gsoft a través de métodos no tradicionales o a distancia, que por su naturaleza no deban consumirse o no hayan comenzado a ejecutarse antes de cinco (5) días, se entenderá pactado el derecho de retracto por parte del Cliente. En el evento en que se haga uso de la facultad de retracto, se disolverá el presente contrato haciendo que Gsoft deba reintegrar el dinero que El Cliente hubiese pagado. En este orden, El Cliente deberá retornar el producto o servicio a que haya lugar a Gsoft por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió. Los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del mismo serán cubiertos por El Cliente. El término máximo para ejercer el derecho de retracto será de cinco (5) días hábiles contados a partir de la celebración del contrato y/o entrega del Servicio. En dicho caso, Gsoft deberá devolver en dinero al Cliente todas las sumas pagadas sin que proceda a hacer descuentos o retenciones por concepto alguno. En todo caso la devolución del dinero al Cliente no podrá exceder de treinta (30) días desde el momento en que se ejerció el derecho.

PARÁGRAFO CUARTO. SOFTWARE LIBRE DE VIRUS. Gsoft garantiza la ausencia de virus en los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de ThunderCheck POS.

CLÁUSULA OCTAVA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y PATRIMONIAL.

PARÁGRAFO ÚNICO. ThunderCheck POS, incluyendo a título enunciativo, pero no limitativo; su programación, edición, compilación y demás elementos necesarios para su funcionamiento; los diseños, logotipos, texto y/o gráficos, son propiedad de Gsoft, y en su defecto, dispone de licencia o autorización expresa por parte de los autores. Todos los contenidos de ThunderCheck POS se encuentran debidamente protegidos por la normativa de propiedad intelectual. Independientemente de la finalidad para la que fueran destinados, la reproducción total o parcial, uso, explotación, distribución y comercialización, requiere en todo caso de la autorización escrita previa por parte de Gsoft. Cualquier uso no autorizado previamente por parte de Gsoft será considerado un incumplimiento grave de los derechos de propiedad intelectual del autor. Gsoft no concede ninguna licencia o autorización de uso de ninguna clase, sobre sus derechos de propiedad intelectual ni sobre los secretos empresariales o sobre cualquier otra propiedad o derecho relacionado con el Servicio, ni sobre las mismas clases de derechos de terceros de los que haga uso para la prestación del servicio, en virtud de acuerdos celebrados con dichos terceros.

CLÁUSULA NOVENA. CESIÓN DE DERECHOS.

PARÁGRAFO ÚNICO. Gsoft podrá ceder su posición en la prestación del servicio ThunderCheck POS a cualquier sociedad debidamente constituida y quien se hará responsable de todas las disposiciones definidas en la cláusula séptima del presente documento.

CLÁUSULA DÉCIMA. VIGENCIA.

PARÁGRAFO ÚNICO. Este contrato será vigente a partir del momento en que El Cliente realice la aceptación de la factura de venta de Gsoft o uno de sus Distribuidores. La prestación del Servicio será por el tiempo establecido en la Factura de venta.

CLÁUSULA UNDÉCIMA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

El presente contrato podrá darse por terminado en los siguientes eventos:

• Por mutuo acuerdo entre las partes.
• Por decisión de El Cliente, caso en el cual Gsoft o uno de sus Distribuidores realizará el reembolso de dinero proporcional al servicio que no será ofrecido.
• Por cese de Gsoft en la prestación del servicio ThunderCheck POS, previa comunicación al Cliente con 30 (treinta) días de antelación a la fecha prevista para dicho cese de actividades.
• Por incumplimiento de las obligaciones y/o responsabilidades de la otra parte.

CLÁUSULA DUODÉCIMA. CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA DE LA INFORMACIÓN. Gsoft se compromete a guardar con el sigilo que corresponde a una información de estricta confidencialidad todos los documentos y conocimientos que en desarrollo del presente contrato adquiera o llegue a adquirir de El Cliente sobre el entendido que la misma forma parte de su secreto industrial y técnico y no puede darlos a conocer, manipularlos para beneficio propio o de terceros en ningún evento, sin la previa y escrita autorización que el gerente de área respectiva de El Cliente le imparta frente a cada tema en particular. Gsoft se compromete en forma directa, y asume la responsabilidad, que las personas que contrate o vincule para el desarrollo del objeto del presente contrato guarden igualmente el sigilo que exige dicha información confidencial.

La presente obligación de confidencialidad permanecerá vigente por un término de hasta 3 años posterior a la terminación del presente contrato.

CLÁUSULA DECIMOTERCERA. ORIGEN DE INGRESOS. El Cliente declara bajo la gravedad del juramento que sus ingresos provienen de actividades lícitas, que no se encuentra con registro negativo en listados de prevención de lavado de activos nacionales o internacionales, ni dentro de una de las dos categorías de lavado de activos (conversión o movimiento) y que, en consecuencia, se obliga a responder frente a Gsoft y terceros por todos los perjuicios que se llegaren a causar como consecuencia de esta afirmación. Declara igualmente, que sus conductas se ajustan a la ley y a la ética, y en consecuencia se obliga a implementar las medidas tendientes a evitar que sus operaciones puedan ser utilizadas con o sin su consentimiento y conocimiento como instrumentos para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas, o para dar apariencia de legalidad a estas actividades.

PARÁGRAFO ÚNICO. Para todos los efectos el “lavado de dinero” es el conjunto de procedimientos usados para cambiar la identidad del dinero obtenido ilegalmente, a fin de que aparente haber sido obtenido de fuentes legítimas. Estos procedimientos incluyen disimular la procedencia y propiedad verdadera de los fondos. En general, el lavado de activos se cumple mediante la transferencia, transformación, conversión o mezcla de activos provenientes de actividades ilícitas con fondos legítimos, con el propósito de ocultar su verdadera naturaleza. Los activos ilícitos son aquellos que provienen de cualquier delito como, por ejemplo: secuestro, extorsión, hurto de vehículos, piratería terrestre, asaltos bancarios o narcotráfico. Igualmente las partes declaran que el buen nombre y la reputación son elementos claves en la celebración y ejecución del presente contrato, razón por la cual pactan que será motivo suficiente para dar por terminado el presente contrato sin que esto genere ningún tipo de indemnización a favor de El Cliente el hecho de que éste, sus representantes legales, accionistas, socios y/o directivos sean incluidos en una investigación, informe, reporte o listado policial y/o judicial nacional o de autoridad extranjera por sospechas de estar involucrado en lavado de activos, tráfico de estupefacientes, trata de blancas, proxenetismo, pornografía infantil, peculado, concusión, secuestro, extorsión, pertenencia y/o tratos con organizaciones armadas ilegales o con organizaciones criminales de cualquier índole, tráfico de armas, terrorismo, delitos de lesa humanidad o delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales.

CLÁUSULA DECIMOCUARTA. TRANSPARENCIA. Las partes declaran que ni ella, ni las personas directamente involucradas en la negociación de este contrato han ofrecido comisión, privilegio o dádiva alguna a la otra parte o a sus empleados y acepta que toda falta propia o de sus empleados en torno a la transparencia de la negociación, celebración o ejecución de este contrato constituye un incumplimiento grave al mismo. Cada parte declara que ni ella ni sus empleados vinculados a la celebración o ejecución del contrato se encuentran incursos en situación de conflicto de interés, obligándose en cualquier caso a revelar toda situación de este tipo existente o sobreviniente; se entiende que la parte o empleado en quien concurra una situación de conflicto de interés se encuentra impedido para actuar, salvo autorización escrita de la otra parte; y reconocen que la transparencia es un elemento clave del contrato que permite su terminación en cualquier tiempo.

CLÁUSULA DECIMOQUINTA. DOMICILIO Y NOTIFICACIONES. Las partes fijan que toda notificación, demanda, petición, consentimiento, aprobación, designación, especificación o cualquier otra comunicación que deba hacerse por escrito, deberá enviarse a las siguientes direcciones:

Las notificaciones se entenderán surtidas al día hábil siguiente si éstas fueron enviadas por correo, fax o correo electrónico a las anteriores direcciones siempre que exista constancia del recibo de la respectiva comunicación. Será obligación de cada una de las partes indicar a la otra, cualquier cambio en la información antes suministrada.